La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó este lunes la sanción que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) aplicó a TV+: una multa equivalente a 20 UTM por los comentarios emitidos por la panelista Daniela Aránguiz en contra de la bailarina Cony Capelli.
Según informó La Cuarta, los dichos ocurrieron en septiembre del año pasado durante el programa Sígueme, tras lo cual el CNTV recibió más de 400 denuncias que motivaron la apertura de una investigación administrativa. El organismo sancionó a la estación por considerar que los comentarios constituían descalificaciones humillantes y ofensivas.
La panelista calificó a Cony Capelli con expresiones como “drogadicta”, “mal ejemplo”, “mentirosa” y “conchijunta”.
TV+ apeló la decisión ante la Corte de Apelaciones, solicitando dejar sin efecto la multa. En su recurso el canal alegó, entre otros puntos, que las declaraciones se emitieron en el marco de un programa de espectáculos y que la libertad de expresión debía ampararlas. Además, sostuvo que no se infringió el horario de protección al menor, porque de acuerdo con las cifras de audiencia presentadas por la estación no había espectadores menores de 12 años entre quienes estaban viendo la transmisión.
La Corte, sin embargo, rechazó el reclamo del canal. En su fallo el tribunal sostuvo que la libertad de expresión no cubre las descalificaciones humillantes ni las ofensas directas y que la responsabilidad por lo emitido al aire recae en la estación. Asimismo, la Corte estimó que sí se vulneró el horario de protección a los niños, por lo que ratificó la multa de 20 UTM.
Contexto y antecedentes
Los hechos se remontan a la emisión del espacio en septiembre de 2025. Tras la recepción de centenares de denuncias, el CNTV aplicó la sanción administrativa que ahora fue confirmada por la justicia. El caso suma elementos habituales en fiscalizaciones del organismo: la calificación del contenido en términos de respeto a la dignidad de las personas y la evaluación del cumplimiento del horario de protección para menores.
- Hecho inicial: comentarios de Daniela Aránguiz contra Cony Capelli en Sígueme (septiembre de 2025).
- Denuncias: más de 400 presentadas ante el CNTV.
- Sanción administrativa: multa de 20 UTM impuesta por el CNTV.
- Recurso judicial: TV+ apeló ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
- Resolución: la Corte rechazó el recurso y confirmó la multa.
Los actores directamente mencionados en la resolución son el canal TV+, la panelista Daniela Aránguiz y la afectada por los dichos, Cony Capelli. El fallo subraya la obligación de los medios de evitar discursos denigrantes en pantalla y la vigencia de las normas de protección de la audiencia infantil.
| Fecha | Acción |
|---|---|
| Septiembre de 2025 | Dichos de Daniela Aránguiz en Sígueme y presentación de denuncias al CNTV |
| Posterior a las denuncias | CNTV investigó y aplicó multa de 20 UTM a TV+ |
| 26 de octubre de 2026 (12:49 hora de Chile continental) | Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sanción y rechazó el recurso de TV+ |
La decisión judicial tiene carácter vinculante para la ejecución de la multa administrativa. El fallo además establece, en la argumentación pública consignada por el medio, que los límites de la libertad de expresión no amparan el uso de expresiones que impliquen humillación u ofensas directas y que los canales son responsables por lo que se transmite en sus espacios.
No se consignan en la cobertura pública citas de declaraciones posteriores de las partes ni pasos procesales adicionales anunciados por el canal a raíz de esta resolución.
El caso vuelve a situar en la agenda el debate sobre el control de contenidos en televisión abierta, la responsabilidad editorial de los canales y la protección de audiencias vulnerables.