El Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) sancionó al Barcelona con una multa de 602 euros por los contactos que mantuvo con el argentino Julián Álvarez, quien tenía contrato vigente con el Atlético de Madrid. La resolución considera que el club catalán incurrió en una infracción leve tras la denuncia presentada por la institución madrileña.
El expediente se originó el 30 de junio de 2026, cuando Atlético de Madrid acudió ante la RFEF y la FIFA para reclamar por presuntas conversaciones vinculadas con la situación contractual del delantero. En ese momento, el consejero delegado del cuadro rojiblanco, Miguel Ángel Gil Marín, sostuvo que se había negociado con un futbolista durante el periodo protegido establecido por el reglamento.
La conversación que consideró acreditada la RFEF
Según la resolución, el representante de Álvarez, Fernando Hidalgo, conversó con Deco, director deportivo del Barcelona, el 15 de mayo de 2026. La primera comunicación escrita entre el club catalán y Atlético de Madrid, en cambio, se produjo el 28 de mayo, de acuerdo con los antecedentes citados por ESPN y confirmados por Iusport.
El Comité estableció que Hidalgo transmitió a Deco que Atlético de Madrid estaba dispuesto a escuchar propuestas por el jugador y que afirmó contar con autorización para presentarlo en el mercado y conversar sobre una eventual salida bajo determinadas condiciones. Sin embargo, el organismo no consideró demostrada la existencia de un mandato formal que permitiera negociar el traspaso.
- Multa: 602 euros al Barcelona.
- Jugador involucrado: Julián Álvarez.
- Contrato informado: vigente con Atlético de Madrid hasta 2030.
- Cláusula de rescisión: 500 millones de euros.
El periodo protegido y la opción de apelación
El periodo protegido mencionado en el caso depende de la edad que tenía el futbolista cuando firmó su contrato. Para jugadores de entre 23 y 28 años, contempla tres temporadas completas o tres años. La norma busca limitar los contactos destinados a negociar la salida de un jugador que aún se encuentra vinculado contractualmente con su club.
| Antecedente | Fecha o monto |
|---|---|
| Conversación entre Hidalgo y Deco | 15 de mayo de 2026 |
| Primera comunicación escrita con Atlético | 28 de mayo de 2026 |
| Denuncia ante la RFEF y la FIFA | 30 de junio de 2026 |
| Multa impuesta | 602 euros |
La decisión del Comité de Disciplina cierra el expediente en esta instancia, aunque el Barcelona puede recurrir ante el Comité de Apelación. El plazo informado para presentar ese recurso es de diez días, conforme al artículo 133 del reglamento de la RFEF.